Nace la Sección Sindical Estatal de Cruz Roja Española

jueves, 27 de noviembre de 2008

Cruz Roja Valladolid despide a una trabajadora reconociendo despido improcedente

El Secretario Provincial no recibe a la representación de los trabajadores
La Organización de Cruz Roja en Valladolid ha despedido injustamente a una trabajadora de la ONG el pasado 7 de octubre. Lo ha hecho reconociendo que se trata de un despido improcedente y consignando en el juzgado la indemnización correspondiente a este tipo de despidos, 45 días por año trabajado. Lo ha hecho a sabiendas que el castigo es desproporcionado a la falta que se estaba sancionando. También lo ha hecho a espaldas de la representación de los 150 trabajadores con que cuenta Cruz Roja en Valladolid. Desde COMFIA-CCOO exigimos la readmisión inmediata de la compañera despedida.
Desde COMFIA-Comisiones Obreras queremos denunciar esta actitud por parte de una Organización no Gubernamental que tendría que ser un ejemplo de solidaridad y buenas prácticas sociales ya que, en sus fines, está la justicia social y el respeto a las personas. Tenemos que recordar a Cruz Roja que los derechos laborales también forman parte de los derechos humanos que protegen en muchos puntos del planeta. Desde COMFIA-CCOO creemos que un despido improcedente es, claramente, una violación del derecho de la trabajadora despedida y consideramos que Cruz Roja no se puede permitir el lujo de poner en entredicho sus fines altruistas sólo por una venganza personal contra una trabajadora. La representación de CCOO quiere señalar al actual Secretario Provincial de Cruz Roja Valladolid, José María Gómez Ramírez, que la Organización realiza un ingente trabajo social gracias a sus trabajadores y trabajadoras y, también, gracias a los voluntarios y voluntarias que prestan su servicio en la Institución. El injusto trato dispensado a la compañera es un mal precedente para el resto de la plantilla y una pésima carta de presentación para convencer a las personas de que trabajen de forma altruista con Cruz Roja.
Para completar este triste panorama el sindicato CCOO tiene serias dificultades para mantener una negociación sensata con los responsables de Cruz Roja ya que el Secretario Provincial de Valladolid se niega a recibir a los Delegados de nuestro sindicato y solo ha accedido a tratar con el sindicato COMFIA-CCOO aunque no ha cumplido ninguno de los acuerdos a los que se llegó en la reunión tales como dar el protagonismo que tiene los representantes sindicales, negociar la readmisión de la trabajadora despedida o evitar prácticas empresariales que utilicen el miedo o el menosprecio de las personas como forma de trato.
Gabinete de Prensa de CCOO Castilla y León

1 comentario:

Unknown dijo...

... y cuando finalmente vinieron a por mí no quedaba nadie para protestar.
Las trabajadoras despedidas son la conductora y la auxiliar de uno de los vehículos de transporte adaptado. Lo que sucedió es que al llegar al centro al que llevan a los usuarios, uno de ellos no se bajó del autobús. Nadie se dio cuenta porque al parecer este tiene la costumbre de esconderse tras los asientos del autobús. Ni si quiera el personal del centro le echó de menos. Por cierto, personal que es ajeno a Cruz Roja y principal responsable de los usuarios. El autobús regresó a Cruz Roja sin percatarse de que llevaban un usuario escondido tras los asientos. La conductora aparcó el vehículo en la puerta principal de la sede de Cruz Roja, como todos días y se marchó. Hasta que otro conductor, desde fuera se percató de que había alguien sentado en la parte trasera del autobús. Estos son los hechos, y el hecho en sí es grave. Pero depuremos responsabilidades. Sin ninguna duda la mayor y principal responsabilidad es del personal del centro, que recordemos que es ajeno a Cruz Roja. Vemos ahora que grado de responsabilidad tienen la conductora. Según el Convenio Colectivo que regula las relaciones laborales entre la Oficina Provincial de Cruz Roja Española en Valladolid y el personal de esta, en el punto 4.3 de su artículo 9 describe las funciones del Conductor/a de la siguiente manera: “Tendrá a su cargo con plena responsabilidad la utilización y conservación del vehículo que ponga a su disposición la Oficina Provincial de Cruz Roja Española en Valladolid, así como el traslado de personas que les sean encomendadas, realizando el mantenimiento preventivo y básico del vehículo y sus equipos auxiliares, efectuando toda clase de reparaciones que no requieran elementos de taller; y en todo caso, dando parte con prontitud de las averías o deficiencias observadas a los responsables pertinentes para que procedan a su subsanación por los servicios técnicos correspondientes.” Básicamente su responsabilidad se centra en el mantenimiento del vehículo, y el “traslado de las personas” que le encomienden. Nada más. Porque para la atención, asistencia, bajar y subir a las personas, está la auxiliar. Veamos entonces que dice el Convenio Colectivo sobre las funciones del personal auxiliar en el punto 5.1 del artículo 9: “Bajo la dependencia de su responsable directo, realizarán funciones de carácter general que se les encomienden relacionadas con los trabajos propios y habituales de su puesto de trabajo. En este grupo profesional se incluyen ordenanzas y auxiliares de transporte sanitario y/o adaptado.” No resulta muy clarificador, pero con respecto al hecho que analizamos podemos entender que la responsabilidad de haber comprobado que todos los usuarios han bajado del autobús es más de la auxiliar que de la conductora. Si aún así consideráramos que la conductora y la auxiliar han cometido una falta, veamos ahora como debería tipificarse según el Convenio Colectivo. Y como la sanción que se les ha impuesto es la máxima sanción posible, buscaremos primero entre las faltas muy graves que pueden ser motivo de esta máxima sanción. El apartado C del artículo 34 considera faltas muy graves: fraude, deslealtad, abuso, insubordinación, notoria falta de rendimiento, reiterada falta de asistencia y puntualidad, acumulación en el tiempo de tres faltas graves, el acoso sexual, quebrantamiento secreto profesional, falsificación y manipulación de datos para fines económicos particulares, embriaguez o toxicomanía habitual en el trabajo, incumplimiento muy grave de prevención de riesgos laborales, abuso y acoso moral a otro trabajador/a. Pues de momento es evidente y queda descartado que hayan cometido ninguna “falta muy grave”. Pero consideremos que al menos sí que han cometido una falta, que sí que pudiéramos tipificar como “leve” ó “grave”. Veamos entonces que sanciones establece el Convenio Colectivo para las faltas “graves”: “Inhabilitación para la promoción o ascensos por un periodo de un año, suspensión de empleo y sueldo de tres días a tres meses.” Y en el mismo artículo 35 sobre sanciones se establece que “las sanciones irán en función de la calificación de las faltas” y que deberán considerarse aspectos como la “intencionalidad, negligencia, reiteración o reincidencia.” Aquí hay que hacer constar, que hasta el día de los hechos, ambas trabajadoras siempre han cumplido excelentemente con su trabajo y jamás han tenido ningún tipo de toque de atención ni amonestación en su trabajo. Por tanto queda demostrado que la sanción impuesta es tan arbitraria como desproporcionada. Y que el responsable de personal, siendo consciente de estar incumpliendo la ley laboral vigente, Convenio Colectivo y Estatuto de los Trabajadores. Y sabiendo que el juzgado de lo social consideraría el despido improcedente condenando a Cruz Roja a indemnizar a las trabajadoras, depositó la indemnización en el juzgado, para ahorrar al juez el trabajo de dictar la sentencia. Esto es algo así como si un conductor borracho, primero depositara en el juzgado el importe de la multa y el permiso de conducir con sus puntos, y luego cogiera el coche. Pero lo más lamentable de todo esto es que los compañeros/as elegidos para defender los derechos de los trabajadores, el Comité de Empresa con mayoría de UGT, no ha querido saber nada del asunto y ha permanecido impasible ante el hecho más grave que puede suceder en una empresa, que es el despido de un trabajador. Y si no nos defienden ellos quien nos va a defender. Dedicado a vosotros/as que habéis permanecido impasibles, permitidme recordaros este poema que seguro conocéis: Primero cogieron a los comunistas, y yo no dije nada porque yo no era un comunista. Luego se llevaron a los judíos, y no dije nada porque yo no era un judío. Luego vinieron por los obreros, y no dije nada porque no era ni obrero ni sindicalista. Luego se metieron con los católicos, y no dije nada porque yo era protestante. Y cuando finalmente vinieron por mí no quedaba nadie para protestar.